DESCRIPCIÓN:
En la actualidad el Instituto de Investigación Pesquera se encuentra acreditado ante el INN como Organismo de Inspección, en Muestreo y Medición de diversas matrices ambientales.
Lo anterior permite ejecutar muestreos y medición en Aguas Residuales, Agua Potable, Aguas Superficiales, Agua de Mar, Sedimentos Acuáticos, Sedimentos Lacustres y Sedimentos Marinos.
Con ello esta autorizado para realizar Programas de Monitoreo Ambiental de Sistemas Acuáticos, Lacustres y Marinos, principalmente los Programas de Vigilancia Ambiental (PVA) a las bahías y otros estudios de calidad de agua, líneas bases ambientales, etc.
SISTEMA GESTIÓN DE QUEJAS Y APELACIONES
En caso de quejas sobre la ejecución de nuestros servicios, favor dirigirse al formulario.
ETAPA 1: FORMULACIÓN DE LA QUEJA.
La parte afectada debe completar el formulario donde deja constancia de la queja debiendo entregar todos los antecedentes que crea relevantes.
ETAPA 2: RECEPCIÓN DE LA QUEJA.
El Organismo de Inspección recepciona la queja y en un plazo de 2 días hábiles (desde su recepción) debe acusar recibo al cliente, vía correo electrónico, sobre la recepción del reclamo.
ETAPA 3: EVALUACIÓN INICIAL E INVESTIGACIÓN DE LA QUEJA.
El Organismo de Inspección realiza una evaluación de la queja (validación, investigación, implementación de acciones, seguimiento y registro). Este proceso debe tener una duración máxima de 10 días hábiles. Si por algún motivo supera este plazo, debe informar a la parte interesada.
ETAPA 4: NOTIFICACIÓN AL CLIENTE.
El Organismo de Inspección debe notificar a quien presenta la queja sobre los resultados de su evaluación. La comunicación se efectúa mediante una carta formal en un plazo no superior a 15 días hábiles desde la recepción de la queja.

